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¡Mentiras!

miércoles, 13 de enero de 2010
Publicado en el diario La República el 19 de marzo de 2009


Es natural que en las ciencias sociales coexistan teorías alternativas para interpretar un objeto de estudio. Y así como hay posiciones irreconciliables, existen las que se complementan y se enriquecen mutuamente.

Los debates sobre las políticas adoptadas por un gobierno, no son la excepción; en ellos tienen cabida todas las vertientes del conocimiento y reina el respeto por el contrario. Se presume que una posición está sustentada en la honestidad intelectual de cada protagonista y en la firme convicción de sus ideas.

Lamentablemente no siempre acontece así. En una conferencia reciente en Cali sobre la política de negociaciones comerciales de Colombia, un ponente arremetió contra el gobierno, con base en mentiras. El problema es grave, por tratarse un debate dirigido a un nutrido grupo de estudiantes y docentes de varias universidades del Valle.

El conferencista de marras aseveró que el gobierno colombiano “escondió el estudio de Ifarma” que calculó en US$1,000 millones el costo de la negociación de propiedad intelectual en el TLC con los Estados Unidos. Sumando mentiras, señaló que los miembros del partido demócrata, basados en ese estudio, obligaron al gobierno norteamericano a cambiar lo negociado en el tratado; fue así como el Protocolo Modificatorio eliminó aspectos altamente lesivos para la salud y el acceso de los colombianos a los medicamentos.

Nada más alejado de la realidad. Para empezar, el documento tuvo amplia divulgación, no sólo en páginas de Internet del gobierno, sino en otras, como la de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

Adicionalmente, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo le hizo comentarios profundos que ameritaron una reunión de la OPS y de la Organización Mundial de la Salud (OMS), para analizarlos. Por último, funcionarios del gobierno participaron en debates directos con los autores en varios escenarios académicos.

Los comentarios del gobierno evidenciaron un error protuberante que alteraba los resultados de las simulaciones. Los autores supusieron 20 años de vida útil de las patentes de medicamentos, cuando en realidad ésta fluctúa alrededor de 10. Conclusión: todos los cálculos son erróneos, incluyendo los míticos US$1.000 millones (en eso lo convirtieron los críticos del TLC).

También se criticó el documento de Ifarma por asumir como un hecho consumado la posición inicial de negociación de los Estados Unidos y no tomar en cuenta la de Colombia frente a esas aspiraciones. Así, los escenarios del estudio contienen “estimaciones de costos” por aceptación de patentes a más de 20 años, alargamiento de todas las patentes en dos años por demoras injustificadas, patentes de segundo uso y protección de datos de prueba a 7 años, entre otros.

El estudio fue publicado en noviembre de 2004, cuando la negociación apenas llevaba siete meses de haber comenzado. Esta culminó a comienzos de 2006 y en el texto final no quedó ninguno de los escenarios mencionados, con excepción de la compensación por demoras injustificadas; aún así, se espera que su aplicación sea la excepción y no la norma, como lo asume Ifarma.

¿Por qué esconder un estudio así?

Ahora bien, el Protocolo Modificatorio ¿cambió radicalmente el capítulo de propiedad intelectual? No. Introdujo algunas flexibilidades positivas, mientras que muchos cambios fueron cosméticos.

Por lo tanto es falso afirmar que el estudio de Ifarma propició cambios en el contenido del TLC, pues poco y nada de los escenarios propuestos quedaron en el texto final. Y también es claro que el Protocolo en ningún momento introdujo cambios esenciales en el contenido.

Si un conferencista con toda desfachatez lanza semejantes mentiras en un escenario académico con el simple objetivo de ridiculizar al adversario ¿qué tipo de debates espera en Colombia? ¿Es esa la formación profesional que desea fomentar?

Imprecisiones sobre el TLC

miércoles, 30 de diciembre de 2009
Publicado en el diario La República el 20 de diciembre de 2007


La última edición de UN Periódico contiene un artículo con numerosas imprecisiones sobre el TLC. Puesto que los lectores tienen el derecho a una información precisa y rigurosa, es importante aclarar varios puntos.

Imprecisión 1: La lectura del artículo deja al lector sin saber si finalmente el TLC se firmó o no. Sostiene que el TLC se firmó en la madrugada del 28 de febrero de 2006; también señala que Hillary Clinton y Barack Obama no firmarán el TLC si son elegidos para la Presidencia de Estados Unidos.

Ninguna de esas afirmaciones es cierta: el TLC se firmó el 22 de noviembre de 2006 y el protocolo modificatorio el 28 de junio de 2007. El autor confunde el cierre de la negociación con la firma y es obvio que el futuro Presidente no firmará el tratado pues ya lo firmó el gobierno Bush.

Imprecisión 2: Señala el autor que el TLC con Estados Unidos no aparecía en el plan de desarrollo “Hacia un Estado Comunitario”.

No tiene fundamento, pues en la página 66 del Plan se afirma: “El Gobierno Nacional se propone fortalecer los canales de interlocución con los Estados Unidos a fin de incrementar las relaciones comerciales… y apoyar una eventual negociación bilateral de libre comercio”. Además, el Plan fue aprobado mediante la Ley 812, sancionada el 26 de junio de 2003, es decir, casi un año antes de la primera ronda de la negociación.

Imprecisión 3: Afirma el autor que el texto firmado “contenía más de medio centenar de textos adversos al interés de Colombia” y que en una infructuosa discusión sobre ellos se gastaron más de 10 meses.

¿Qué contenido tienen esos textos adversos? Ni uno solo menciona el autor. ¿Por qué? Tampoco lo indica. Total, no hay ningún fundamento para sustentar esa afirmación. Usualmente el cierre de una negociación y la firma no son hechos simultáneos; una negociación se puede cerrar quedando algunos aspectos puntuales pendientes de finalizar sin acudir a los mecanismos tradicionales de rondas. En el caso del Triángulo Norte, por ejemplo, la negociación cerró en marzo de 2007, pero la firma del TLC apenas ocurrió en agosto.

Imprecisión 4: Sobre las patentes señala el artículo que el Protocolo Modificatorio “estipula la protección de datos de prueba” y no amplía el plazo de las patentes por demoras en el registro.

La protección de datos de prueba está prevista en los ADPIC y en Colombia se aplica desde 2002; el protocolo modifica la temporalidad prevista en el TLC de “mínimo” a “normalmente” de cinco años y específicamente para productos farmacéuticos. Con relación a la compensación por demoras injustificadas en el registro de patentes, queda optativa para el gobierno pero sólo en el caso de productos farmacéuticos.

Imprecisión 5: Colombia “no ha recibido un trato preferencial, pues el TLC negociado con Colombia se ciñó al texto de los tratados firmados con Perú y Chile”.

Esta es la trillada crítica del formato Minerva. Es evidente que los contratos, como lo son los TLC, tienen múltiples factores en común, que permiten su estandarización. Difícilmente podría operar el comercio si cada tratado tuviera disciplinas que sólo aplican a él y no se pudieran repetir en otros. Pero esa estandarización deja espacios para las particularidades de cada país; por ejemplo, el tratamiento a la importación de bienes usados en Colombia difiere de otros tratados.

Quedan por fuera de este comentario otras imprecisiones, porque la dictadura del espacio se impone. También quedan interrogantes: ¿Cuál es la causa de las imprecisiones? ¿Fallas en la difusión del TLC? ¿Los afanes que se imponen al rigor?

Trabajo como barrera no arancelaria

Publicado en Ámbito Jurídico el 3 de diciembre de 2007


Hay una protuberante contradicción entre quienes por criticar el TLC con EE UU no dudan en pasar por encima de otros temas que vienen defendiendo. Tal es el caso del capítulo laboral del tratado y la necesidad de mejorar la calidad del empleo en Colombia.

Los niveles de informalidad bordean el 60% del empleo en el país, con profundas repercusiones negativas tanto en la calidad de vida de los trabajadores y sus familias, como en la productividad del país. Los cálculos de McKinsey indican que la productividad laboral en el sector informal del país equivale al 6% de la productividad laboral de EE UU, mientras que la productividad del sector formal equivale al 41%. El problema es grave pues la brecha entre los dos países se viene ampliando en las últimas décadas.

Las hipótesis de mayor aceptación sobre las causas de la informalidad apuntan a las cargas parafiscales sobre la nómina, los incentivos perversos que generan las políticas asistencialistas (reducen las alicientes a buscar un mejor empleo) y la evasión de impuestos por parte de las empresas. Los empleados informales no cuentan con prestaciones sociales ni protección frente a los riesgos laborales y, con frecuencia, no reciben la remuneración mínima legal. De ahí que tirios y troyanos estén en desacuerdo con estas prácticas y propendan por la formalización de la economía y la mejora en las condiciones laborales de los asalariados.

¿Qué dice el TLC en materia laboral? ¿Va en contra de ese anhelo de un mejor empleo para los colombianos? En términos generales el tratado apunta en su capítulo laboral a tres objetivos: incorporación de los acuerdos de la OIT sobre derechos fundamentales de los trabajadores en la legislación nacional; observancia de la propia legislación laboral; y, compromisos para no deteriorarla con el propósito de obtener ventajas comerciales. Es evidente que su contenido está en armonía con los planteamientos ya señalados sobre eliminación del trabajo informal.

No obstante, en los debates para la aprobación del TLC y del protocolo modificatorio surgió la exótica hipótesis de que el capítulo laboral creará barreras no arancelarias para las exportaciones colombianas hacia los EE UU.

La hipótesis tiene la siguiente secuencia: 1. El protocolo modificatorio suprimió el mecanismo de consulta en el capítulo laboral para la solución de inconvenientes en la implementación del tratado; por lo tanto, éstos irán directamente al mecanismo general de solución de controversias. 2. Es evidente la carencia de herramientas para que el Gobierno asegure la efectiva aplicación de las leyes. Como ejemplo se menciona que la legislación prohíbe la explotación del trabajo infantil, pero todos los días en cualquier calle de nuestras ciudades se ven niños trabajando. 3. No hay forma de que las mipymes cumplan con la legislación laboral por lo onerosa que es. 4. Las exportaciones de las mipymes serán atacadas por los empresarios de EE UU, argumentando ante el mecanismo de solución de controversias el incumplimiento del capítulo laboral. 5. Se impondrán sanciones pecuniarias o comerciales a Colombia, lo que impedirá las exportaciones de las mipymes a los EE UU. Conclusión, el capítulo laboral es una barrera no arancelaria al comercio.

Varios problemas hay con la hipótesis de marras. En primer lugar, no es cierto que se hayan eliminado las consultas en el capítulo laboral; siguen existiendo las consultas cooperativas y las decisiones del Consejo de Asuntos Laborales –integrado por los ministros del ramo– como un paso obligado antes de ir al órgano general de solución de controversias. La lectura cuidadosa del párrafo 7 del artículo 17.7 –como quedó en el protocolo modificatorio– permite comprobarlo: “Ninguna de las Partes podrá recurrir al procedimiento de solución de controversias conforme a este Acuerdo por un asunto que surja en relación con el presente Capítulo sin haber intentado previamente resolverlo de acuerdo con este Artículo”.

En segundo lugar, llegar a una sanción pecuniaria o comercial no es tan sencillo, pues no basta con que una empresa incumpla la legislación; tiene que ser un problema persistente y relativamente ampliado. Así lo señala el artículo 17.3, tal como quedó con el protocolo: “Una Parte no dejará de aplicar efectivamente su legislación laboral… por medio de un curso de acción o inacción sostenido o recurrente, de una manera que afecte el comercio o la inversión entre las Partes, después de la fecha de entrada en vigor de este Acuerdo”.

En tercer lugar, la hipótesis no es consistente con el objetivo de reducir la informalidad. En últimas, la hipótesis dice implícitamente que las mipymes exportadoras no cumplen la legislación laboral y, por lo tanto, son informales. También dice que el Gobierno cometió un error al asumir el compromiso de hacer cumplir la legislación laboral porque pone en riesgo el acceso de las empresas informales al mercado de EE UU. Lo primero es parcialmente cierto, en tanto que lo segundo, además de absurdo, es falso.

Si el Gobierno no tiene herramientas para hacer cumplir la ley y las empresas se escudan en ello para deteriorar las condiciones laborales de los empleados, no se puede concluir que se está creando una barrera no arancelaria. Lo que es importante y urgente es corregir la situación, acudir a mecanismos de cooperación laboral, como los previstos en el tratado, y superar los problemas de informalidad. ¿O es que los autores de la hipótesis piensan que se puede eliminar la informalidad sin forzar el cumplimiento de las leyes?

¿Pésimo Protocolo?

Publicado en el diario La República el 7 de septiembre de 2007


En la exposición de motivos del Protocolo Modificatorio del TLC con Estados Unidos, el gobierno demuestra que éste no altera la esencia del tratado ya aprobado. El mensaje es claro: no pasamos de un TLC malo a uno bueno gracias al partido demócrata; se hacen ciertas precisiones y se obtienen algunas flexibilidades que permiten superar temas controvertidos durante el trámite legislativo del tratado.

Es natural que una decisión de política económica como ésta suscite debates tanto en el Congreso como en diferentes esferas de la opinión pública. Así ocurrió en las sesiones conjuntas de las Comisiones Segundas de Senado y Cámara, en otros escenarios y, seguramente, ocurrirá en las próximas plenarias.

Los debates se han caracterizado por la seriedad y las posiciones bien argumentadas; no obstante, ha pasado por el Congreso uno que otro invitado poco documentado, pronunciando discursos elocuentes pero sin profundidad y criticando por criticar. Algo similar ocurre con ciertos entes que por definición se oponen a cualquier decisión del gobierno y en especial a las negociaciones comerciales.

Uno de ellos divulgó recientemente sus críticas al Protocolo, en un documento lleno de juicios de valor y carente de rigor técnico. En el caso de las nuevas cláusulas que se adicionan al Preámbulo del TLC, el tema es despachado en un corto párrafo; afirma que las exigencias de los demócratas “por si había alguna duda… refuerzan los derechos de los inversionistas”. ¿Eso es malo? ¿Por qué se refuerzan? ¿Cuál es el texto que genera esa interpretación? Silencio total.

La primera cláusula adicionada al Protocolo señala que no se puede conceder a los inversionistas extranjeros mejor trato que a los nacionales. Esto, que es mal interpretado en el documento de marras, es una especie de disciplina de trato nacional al revés. Con esta disciplina el país A se compromete a dar a los inversionistas del país B el mismo trato que da a sus nacionales (lo mismo aplica para los inversionistas de A en B). Pero es posible que el país A dé al inversionista de B mejor trato que al nacional; por ejemplo, exenciones tributarias si invierte en un sector en el que A no tiene la tecnología. Justamente el objetivo de la cláusula es evitar estas discriminaciones, poniendo en pie de igualdad a los inversionistas de ambos países.

Otra perla del documento se relaciona con el tema laboral. Afirman que el comercio internacional se basa en “el trabajo barato y en la degradación de las condiciones laborales”, cuando la experiencia internacional muestra que las empresas exportadoras remuneran mejor a los trabajadores.

Con el TLC y el Protocolo cada país se compromete a cumplir su propia legislación laboral –especialmente la referida a los derechos fundamentales de los trabajadores–, y a no deteriorarla para obtener ventajas en el comercio. De ahí coligen los críticos que para las demás actividades “el gobierno colombiano puede seguir flexibilizando la legislación laboral y empeorando las condiciones laborales”.

Concluyen afirmando que el Protocolo es proteccionista para los norteamericanos: “La ilusión de exportar con mano de obra barata se podrá realizar siempre y cuando los empresarios estadounidenses no sientan esto como una competencia para sus empresarios o la posibilidad de pérdidas de trabajo en su país”. Por lo tanto: ¡El TLC es antiexportador! ¡O sólo habrá exportaciones con mano de obra costosa por parte de empresas que sí cumplan con la legislación!

Nos quedan debiendo una respuesta: ¿El Congreso aprobará una ley que permita al gobierno colombiano mantener una legislación laboral para los exportadores hacia Estados Unidos y otra que viola los derechos fundamentales para el resto?